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R. Díaz Guijarro - Madrid - 25/04/2009
Esta nueva regulación, en la que han trabajado los Ministerios de Economía y Hacienda y de Vivienda viene a completar la reforma de la institución superficiaria (derecho de superficie) emprendida por la nueva legislación de suelo. Una de las novedades más destacadas del real decreto aprobado el viernes es que por primera vez se permitirá que los créditos y préstamos hipotecarios concedidos a los promotores con garantía de inmuebles construidos sobre un derecho de superficie puedan formar parte de la cartera de garantía de las cédulas y de los bonos hipotecarios. La condición indispensable para poder acogerse a esa refinanciación es que la duración del derecho de superficie, contada a partir de la fecha prevista para el final del plazo de amortización del préstamo, no alcance los 20 años. En caso contrario, con plazos superiores, esos créditos no podrán acceder a dicho mercado. ¿Cuál es la trascendencia de esta modificación? El objetivo es mejorar la financiación a aquellos promotores que opten por edificar viviendas protegidas sobre suelos públicos para sacarlas después al mercado en régimen de arrendamiento. Y es que el derecho de superficie es una figura que se utiliza masivamente en otros países europeos como parte de la política de vivienda, pero en España está infravalorada. Consiste en construir viviendas o cualquier otra clase de equipamientos sobre suelos que no son propiedad del promotor, sino que generalmente proceden del patrimonio de una administración pública que los cede para que se haga uso de ellos durante un periodo preestablecido. Hasta ahora, en esos casos los créditos que pedían los promotores para esos proyectos no podían titulizarse porque no se edificaba sobre terrenos propios. En cuanto entre en vigor esta modificación, las entidades de crédito podrán conceder a los promotores préstamos en condiciones más ventajosas, ya que podrán refinanciarlos posteriormente en el mercado de capitales, lo que redundará en menores costes y, por ende, en más viviendas de protección oficial.
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